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Viernes 19 de abril de 2024
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Paraguay sigue en alerta por masivos contagios de COVID-19

Hasta el 31 de enero estará vigente un decreto que limita actividades masivas; declararon Estado de Emergencia en el país.

Hasta el 31 de enero estará vigente un decreto que limita actividades masivas; declararon Estado de Emergencia en el país.

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Paraguay viene en un proceso de salida del Aislamiento Preventivo ya hace varios meses, pero tras la escalada de casos de COVID-19 en diciembre y en lo que va de enero, el Gobierno Nacional puso en vigencia, hasta el 31 de enero, el decreto 4705 que dispuso nuevas medidas. 

Si bien el Ministro de Salud Julio Mazzoleni aclaró que el texto no dispone de grandes cambios ni restricciones, desde la Presidencia de la Nación se pretende que la ciudadanía ajuste los cuidados

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¿Cuáles eran las medidas vigentes? 

Paraguay venía trabajando con cierta flexibilidad en las autorizaciones de distintas actividades, especialmente en aquellas relacionadas a la actividad comercial y turística. 

En esta línea, se permitían eventos sociales de no más de 4:00 h de duración con una capacidad máxima de 100 personas en espacios abiertosDe la misma forma, los bares y restaurantes podían recibir comensales sin demasiadas exigencias sanitarias más que una sanitización básica. 

En lo que tiene que ver con los viajes internacionales y nacionales, en Paraguay ya empezaron a llegar vuelos de Miami, Cancún, Buenos Aires, San Pablo, entre otros. El requisito es el PCR negativo en todos los casosDentro del país la circulación interna era libre y con un servicio de transporte de media y larga distancia disponible. 

Ante la escalada de casos de COVID-19 de los últimos dos meses -más de un 85% de contagios diarios- las autoridades sanitarias empezaron a tomar medidas

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En Paraguay, el uso del barbijo o tapabocas es obligatorio.

Como primer punto, enmarcaron legalmente el uso del barbijo mediante una sanción del proyecto de ley en las dos Cámaras. Así, Paraguay se unificó a países como Argentina en este tipo de cuestiones. 

Luego de las fiestas de fin de año, estas medidas quedaron un poco desfasadas. El pasado lunes 11 de enero, entró en vigencia el nuevo decreto presidencial que limita la circulación interna, cambia la modalidad en restaurantes y tiene novedades en relación a reuniones sociales.

¿Qué dice el nuevo decreto? 

El decreto 4705 estará en vigencia hasta el 31 de enero de 2021 y limita la circulación de personas entre las 00:00 h y las 05:00 h. Asimismo, la venta de bebidas alcohólicas en los denominados surtidores -locales específicos para este tipo de productos- está restringida entre las 22:00 h y las 05:00 h

Cabe resaltar que los bares y restaurantes si pueden vender bebidas dentro de sus establecimientos pasadas las 22:00 h.

Otro de los puntos a tener en cuenta, es que el nuevo decreto sigue siendo muy estricto con los primeros parámetros sobre reuniones sociales. Dentro de las residencias particulares solo podrán estar hasta 12 personas. Además, no hay indicios que se habiliten los bailes o recitales. 

Por otro lado, los propietarios de clubes deportivos se vieron beneficiados por esta nueva medida. El decreto prevé la actividad deportiva en disciplinas grupales hasta 12 personas por campo. Así, un nuevo sector comercial vuelve al ruedo.

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El fútbol 5 en Paraguay es muy popular y esta actividad que se suele practicar entre amigos fue una de las últimas en volver.  

El turismo interno potencia la temporada de verano.

La temporada de verano en Paraguay está a pleno con turismo interno. Por parte de las piletas privadas, en vistas a la actual temporada de verano están habilitadas, pero funcionan con cupos muy marcados. Una vez llegado al número establecido por metro cuadrado, los propietarios deben cerrar la venta de entradas o se exponen a multas de hasta 5.000 dólares americanos. 

Mientras el Gobierno intenta frenar los contagios con estas nuevas medidas, el país está a la espera de las primeras vacunas que, según trascendió desde el Ministerio de Salud, empezarán a aplicarse en marzo.

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