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Martes 16 de abril de 2024
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Paraguay: el Ministerio de Trabajo multará a empresas que no otorguen licencia a sus trabajadores para vacunarse

El permiso deberá ser solicitado y otorgado por escrito así como comunicado a la Dirección del Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo, en un plazo de 30 días hábiles.

El permiso deberá ser solicitado y otorgado por escrito así como comunicado a la Dirección del Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo, en un plazo de 30 días hábiles.

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Paraguay anunció que las empresas que no otorguen licencia o permiso a los trabajadores para que puedan concurrir hasta un centro de vacunación, a recibir la dosis contra el COVID-19, serán sancionados con una multa de entre 10 y 30 jornales mínimos.

En ese sentido, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) informó que la sanción monetaria podría ser de G. 843.400 por cada trabajador que no haya accedido a la inmunización por impedimento del empleador. 

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En caso de reincidencia, podría llegar hasta G. 2.530.200 por cada afectado dentro de la empresa.

Centro de vacunación desde los automóviles.

Para evitar la sanción, los trabajadores del sector privado tienen derecho a un permiso remunerado para que puedan asistir a su vacunación o acompañar a adultos mayores a su cargo, que actualmente deben acudir para su inmunización contra el COVID-19.

Licencia especial dispuesta por el Estado

La Resolución Nº623/2021 del Ministerio de Trabajo dispone que los trabajadores podrán utilizar la licencia establecida en el art. 62 del Código Laboral, que establece un permiso especial a trabajadores cuando deben cumplir obligaciones personales dispuestas por leyes o disposiciones gubernativas y la consecuente obligación del empleador de otorgar dicha licencia y comunicarla a esta cartera del Estado.

¿Cómo solicitar el permiso?

Para poder acceder al permiso por vacunación el trabajador deberá solicitarlo por escrito y comunicar a la Dirección del Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo, en un plazo de 30 días hábiles. 

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En caso de incumplimiento por parte del empleador del otorgamiento de la licencia remunerada, el trabajador podrá denunciar este hecho ante la Dirección del Trabajo para ser sometido a sumario y posterior sanción.

Fuente: Última Hora. 

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