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Sábado 20 de abril de 2024
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Ley de etiquetado frontal: ¿cuál sería su aporte a la salud del país?

La ley de etiquetado frontal tiene dictamen favorable para ser debatida en la Cámara de Diputados. De aprobarse el proyecto, se aplicarían nuevas señalizaciones para advertir sobre los alimentos procesados.

La ley de etiquetado frontal tiene dictamen favorable para ser debatida en la Cámara de Diputados. De aprobarse el proyecto, se aplicarían nuevas señalizaciones para advertir sobre los alimentos procesados.

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El proyecto de ley de Promoción de la alimentación saludable, comúnmente conocido como ley de etiquetado frontal, fue aprobado por mayoría en el Senado y ya obtuvo el dictamen favorable para ser discutido en la Cámara de Diputados. De aprobarse, la ley aplicaría una nueva forma de señalización en los paquetes de los productos procesados.

Con esto se busca fomentar el cuidado de la salud y la alimentación saludable advirtiendo a la población sobre el consumo excesivo de ciertos alimentos. A su vez, durante los dos años que lleve su implementación, las empresas productoras de alimentos tendrán la posibilidad de modificar sus productos para evitar las etiquetas y promoverse como saludables. 

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Factores de riesgo y derecho a la información

De acuerdo con la última Encuesta de Factores de Riesgo del Indec (2018), en la Argentina el 61,6% de las personas tienen exceso de peso (36,2% tienen sobrepeso y 25,4%, obesidad). La obesidad, la presión arterial alta y la glucosa sanguínea elevada son los principales factores de riesgo derivados de la mala alimentación.

Se estima que uno de cada cinco muertes a nivel global son atribuibles a una alimentación inadecuada. En Argentina se producen unas 140.000 muertes cada año por razones relacionadas con el exceso de peso.

El aumento del consumo de alimentos y bebidas de alto nivel de procesamiento es un factor importante para explicar la prevalencia de estas enfermedades en el país. El consumo de gaseosas y jugos en polvo se duplicó durante los últimos 20 años. Según un reporte de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), Argentina lidera las ventas anuales per cápita de productos ultraprocesados en la región junto a Chile y México.

 

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A su vez, nuestro país se encuentra en el cuarto lugar de mayor consumo de azúcares del mundo, con alrededor de 150 gramos, para un recomendado máximo de 50 gramos. Las bebidas azucaradas representan aproximadamente el 40% de este consumo, lo que se correlaciona con el hecho de que la Argentina lidera el consumo mundial de gaseosas con 131 litros per cápita.

Gabriela Reynallan, Presidenta del Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Misiones, advirtió en diálogo con NEA HOY que “así como nos preocupa el COVID-19 nos debería preocupar aún más estas enfermedades”.

 

Según ella, para reducir el riesgo de estas enfermedades es clave la aplicación de políticas preventivas como la ley de etiquetado frontal. El proyecto básicamente busca poder garantizar el derecho a la información de los consumidores”. De esta manera se asegura que la población tenga las mejores herramientas para poder tomar una decisión adecuada sobre su salud.

La prevalencia de estas enfermedades, además, repercuten en los recursos del sistema de salud, por lo que trabajar en su reducción es un interés colectivo. “El trabajo individual que hace el profesional de salud en consultorio ya no alcanza, porque a ellos les llega el problema. Entonces lo que nosotros tenemos que hacer es implementar políticas preventivas para no llegar a esa situación”, concluyó la profesional.

 

La aplicación y la responsabilidad empresarial

La ley de etiquetado frontal se basa en una nueva clasificación que tiene en cuenta los grados de procesamiento de los alimentos. El Modelo de Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) es el instrumento utilizado para poder establecer qué productos deben ser alcanzados por las regulaciones y llevar la advertencia sanitaria.

Este modelo no se aplica a los productos frescos, naturales o mínimamente procesados como frutas, verduras, carnes, legumbres, leche, granos, y la ley excluye del etiquetado a los ingredientes para cocinar como lo son el aceite, la sal de mesa o el azúcar.

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De aprobarse la ley de etiquetado Frontal, los productos que sobrepasen los límites fijados por el organismo deberán tener en el frente de sus envases una etiqueta octogonal negra no menor al 5% de la superficie de la cara principal del envase, con borde y letras de color blanco, que advierta sobre el exceso del nutriente crítico que corresponda en cada caso.

Los productos que sobrepasen los límites tendrán un etiquetado octogonal de advertencia.

En caso de contener edulcorantes, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: “contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as“. Así también pasará con productos que contienen cafeína, cuyo sello dirá: “contiene cafeína. Evitar en niños/as“.

De esta forma también se buscaría frenar la tendencia en la industria alimenticia de procesar cada vez más los alimentos. Reynellan remarca la importancia de iniciativas como estas que busquen involucrar tanto a la población como a las empresas en el cuidado de la salud. La salud de la población, según ella, “no es solamente rol del Estado o de los organismos científicos, también debe existir la responsabilidad social empresarial”.

 

La ley de etiquetado frontal replica esquemas similares que ya se aplican en otros países como Chile (2016), Uruguay (2018), Perú (2019) y México (2020). En Uruguay, un estudio de UNICEF encontró que, luego de su puesta en marcha, un 18% de los consumidores optó por no comprar un producto con octógonos y un 23% optó por opciones libres de advertencias.

En Chile, como nos cuenta la profesional, no se ha visualizado disminución en la venta, pero sí cambios en el marketing de los productos, buscando las empresas comercializar aquellos productos que están por debajo del umbral que exige etiquetados.

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