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Viernes 19 de abril de 2024
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El Gobierno de Misiones rechazó el recurso de amparo presentado por tealeras contra el precio de la hoja de té

El precio base fijado por el Ministerio del Agro será de $9 el kilo de hoja y de $65 el kilo de té en rama. Además, el Ministro Sebastián Oriozabala señaló que el precio garantía y su ajuste debe hacerse de acuerdo a costos de producción agrícola e industrial, precios internacionales y tipo de cambio.

El precio base fijado por el Ministerio del Agro será de $9 el kilo de hoja y de $65 el kilo de té en rama. Además, el Ministro Sebastián Oriozabala señaló que el precio garantía y su ajuste debe hacerse de acuerdo a costos de producción agrícola e industrial, precios internacionales y tipo de cambio.

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El Gobierno provincial de Misiones confirmó que rechaza el recurso de amparo impulsado por diversas firmas tealeras contra el precio del té fijado por el Ministro del Agro misionero, Sebastián Oriozabala.

La falta de acuerdo entre los representantes de los diferentes sectores de la actividad tealera para la fijación del precio ha sido la causa o motivo por el cual el Ministro asumió y ejerció la facultad que para tales supuestos le acuerda la legislación vigente, con la conformidad de todos los que han intervenido expresaron en el documento oficial. 

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A partir de ahora se determinó que se dejará en manos del Ministro la decisión final, por ser el organismo competente y su decisión no es arbitraria y menos nula, porque lo que se trató es darle una solución a la determinación del precio garantía por los desacuerdos del sector.

El rechaza el recurso de amparo impulsado por diversas firmas tealeras contra el precio del té.

Fijación del precio de la hoja de té en Misiones

Desde el Gobierno de Oscar Herrera Ahuad expresaron que ha sido decisión de todos los sectores, entre los que se encuentran las empresas recurrentes, que el precio lo fije Oriozabala, con el acto administrativo que pretenden cuestionar. 

Además, agregaron al respecto de la decisión tomada que la ley que regula la CoProTé, de la que son parte las empresas recurrentes, establece en el decreto reglamentario que ante la situación planteada, es decir una falta de acuerdo, quien tiene la facultad legal de fijar el precio y su procedimiento de ajuste es el Ministro

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Fuente: Primera Edición. 

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