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Miércoles 24 de abril de 2024
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Para la Justicia, en Formosa el pase sanitario pasa

Como en todo el país rige el pase sanitario en Formosa para ingresar a la provincia, actividades y trámites. La medida de carácter sanitario volvió a despertar la polémica y tuvo que intervenir la Justicia.

Como en todo el país rige el pase sanitario en Formosa para ingresar a la provincia, actividades y trámites. La medida de carácter sanitario volvió a despertar la polémica y tuvo que intervenir la Justicia.

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Voces a favor y en contra se han expresado desde que comenzó a exigirse el pase sanitario o certificado de vacunación a toda persona que haya cumplido 13 años, para acreditar que tiene el esquema completo contra el COVID-19 y acceder a eventos masivos organizados para más de 1.000 personas que se realicen en espacios abiertos y cerrados o al aire libre, oficinas públicas para realizar trámites, locales gastronómicos, entre otros lugares. 

Sus detractores afirman que avanza sobre libertades individuales. Quienes lo defienden, en cambio, argumentan razones estrictamente epidemiológicas y que es una medida necesaria para incentivar a la vacunación. 

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Finalmente, como ocurrió en otras partes del país, el pase sanitario llegó a la Justicia de Formosa. En ese sentido, se había conocido una demanda interpuesta contra el Estado Nacional y el provincial por la implementación del pase sanitario.

Hasta el momento, en Formosa si bien rige el pase sanitario para algunas actividades y lugares consideradas de riesgo epidemiológico, la exigencia todavía no alcanzó a los usuarios del transporte público de pasajeros como en otras jurisdicciones, sin embargo, se confirmó que se implementará en el inicio de las clases presenciales en la provincia.

Además, Formosa dispuso que para ingresar a la provincia se debe presentar el pase sanitario o bien un hisopado de PCR de control en el caso de tener un esquema incompleto de vacunación. En ese marco, las provincias tienen potestad de adecuar y ampliar la aplicación del pase sanitario de acuerdo a sus particularidades.

La Justicia rechazó amparos contra el pase sanitario en la provincia.

El Juzgado Federal N°2 de Formosa rechazó dos acciones de amparo interpuestas por particulares contra el Estado nacional y la provincia de Formosa, donde se cuestionaban la validez de normas administrativas, tanto de orden nacional como provincial, que establecen la exigencia del pase sanitario. Además, impuso las costas a la parte denunciante.

En ese sentido, cabe recordar que del mismo modo, ya el pasado viernes 28 de enero dicha magistratura descartó la procedencia de dos medidas cautelares en el marco de estas acciones de amparo.

La demanda fue contra el Estado nacional y el provincial, que estuvo representada por la Fiscalía de Estado, quien respondió en tiempo y forma en el marco de un trabajo mancomunado con el Ministerio de Desarrollo Humano de Formosa, poniendo énfasis en que el pase sanitario es de interés público y sanitario ante una pandemia sin precedentes en el mundo.

El pase sanitario terminó en la Justicia.

Los recursos de amparo

Se trata de las causas “Correa, Rode Raquel c/Gobierno Nacional- Mrio. de Salud de la Nación y Otros/Amparo Ley 16.986” FRE 03/2022 y “Gómez Nancy Raquel y Otro c/Gobierno Nacional- Mrio. de Salud de la Nación y Otros/ Amparo Ley 16.986” Fre 04/2022.

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En ambas acciones se demandó, por un lado, al Estado nacional y, por el otro, a la Provincia de Formosa; los amparistas pretendían que se los exima de portar o exhibir el pase sanitario que se impuso por Decisión Administrativa N° 1.198/2021 dictada por el Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación y por la Resolución Ministerial N° 1.891 dictada por el Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia de Formosa.

El argumento presentado se basaba en que se encontrarían afectados el derecho constitucional a la salud y a la autonomía de la voluntad, ya que la exigencia del pase sanitario les imponía la obligación de inocularse con las vacunas contra el COVID-19.

Ante el contexto, la primera semana de enero, el Juzgado Federal N° 2 habilitó la feria judicial y mandó a sustanciar ambas acciones de amparo.

Luego, corrido el pertinente traslado a ambos Estados demandados, la provincia de Formosa, por intermedio de la Fiscalía de Estado, en el marco de un trabajo conjunto con la cartera de Desarrollo Humano, contestó en tiempo y forma la demanda, expuso que la exigencia del pase sanitario, así como el plan de vacunación contra el coronavirus encuentra su fundamento en la necesidad de interés, por la salud pública y el bienestar general en el marco de una crisis sanitaria.

El derecho a no vacunarse no está siendo cuestionado expusieron desde la Justicia.

El pase sanitario no es arbitrario 

A su vez, agregó que el objetivo del pase sanitario es que aquellas actividades donde se lo exige, sean seguras, ya que las personas podrán participar en eventos considerados de mayor riesgo sanitario, posibilitando el cuidado de todos.

La Fiscalía de Estado sostuvo, también, que la Resolución N° 1.891 del Ministerio de Desarrollo Humano, por la cual se implementó el pase sanitario a nivel local, no resulta arbitraria ni desproporcionada, en tanto y en cuanto se ha dictado en el marco de una pandemia a nivel global, cuya fundamentación es la preservación de la salud pública en forma razonable y proporcional.

En tanto, el Estado Provincial puso de manifiesto la inexistencia de los presupuestos que habilitan la procedencia de la acción de amparo, ya que el reclamo de los amparistas no distinguía situaciones particulares, habiendo efectuado tan solo una pretensión global y en abstracto de presuntos derechos constitucionales afectados, por lo que no se configuraría un caso contencioso susceptible de control judicial.

Al momento de resolver, el Juzgado Federal N°2 de Formosa dispuso el rechazo de las acciones de amparo interpuestas, para así decidir que al tratarse de actos administrativos, los mismos gozan de presunción de legitimidad y tal atributo exige e impone al particular la carga de probar los derechos constitucionales que considera vulnerados.

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Con relación a la supuesta afectación del derecho a la autonomía de la voluntad a no inocularse se entendió que el derecho a no vacunarse no está siendo cuestionado, toda vez que a la fecha la vacunación es voluntaria; pero sí, ante dicha opción personal tendrá la consecuencia indirecta de verse limitado su ingreso o concurrencia a determinados lugares mencionados en las resoluciones como de mayor riesgo de contagio.

Por último, el Juzgado Federal no encontró acreditada la existencia de un agravio personal y directo en los derechos de los accionantes y, citando diversos fallos tanto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como de diferentes tribunales federales y provinciales, entendió que la exigencia del pase sanitario no aparece como una medida desproporcionada e irrazonable en el contexto de pandemia.

Tras la decisión del Gobierno Nacional hubo varios cuestionamientos a la medida en los tribunales.

Ello, sumado a la circulación de nuevas variantes del virus que implican una elevación en la curva de contagios atento a su alta transmisibilidad lo que repercutió en una situación de extrema excepción sanitaria.

Otros casos en la Justicia: ¿pase sanitario si o no?

Como la política no podía faltar, se conoció que la excandidata a Diputada Nacional de Juntos por el Cambio, Sandra Pitta, presentó un habeas corpus para considerar inconstitucional el pase sanitario. El Juez Nacional de Instrucción, Alfredo Godoy, rechazó el pedido.

“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes” sostuvo el magistrado.

El planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales, específicamente al condicionamiento del ejercicio de derechos ambulatorios como los de ingresar y permanecer en determinados eventos culturales o sociales, a la exhibición del pase que acredita la inoculación de dos dosis contra el COVID-19, expuso. 

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