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Jueves 25 de abril de 2024
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Nación homologó la emergencia agropecuaria para Formosa

Será para las explotaciones ganaderas y apícolas afectadas por sequía, altas temperaturas e incendios, en todo el territorio provincial.

Será para las explotaciones ganaderas y apícolas afectadas por sequía, altas temperaturas e incendios, en todo el territorio provincial.

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El Ministerio de Agricultura de Nación declaró el estado de emergencia agropecuaria en las provincias de Buenos Aires y Formosa, a través de las resoluciones 48/2022 y 49/2022 publicadas este viernes en el Boletín Oficial.

Para Formosa, la emergencia se declaró desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2023, para las explotaciones ganaderas y apícolas afectadas por sequía, altas temperaturas e incendios, en todo el territorio provincial.

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Se trata de la homologación en el ámbito nacional del decreto provincial Nº 13 firmado por el Gobernador Gildo Insfrán que declaraba el “estado de emergencia para las actividades ganadera y apícola de los establecimientos ubicados en todo el territorio provincial y, para lo agrícola, en los Departamentos Formosa, Laishí, Pilcomayo, Pirané, Pilagás, Patiño y Bermejo”

Las explotaciones agrícolas alcanzadas por la medida son las de cultivos de maíz y cucurbitáceas de segunda siembra y para los cultivos de banana, algodón, mandioca, batata y maní afectadas por sequía, en los departamentos mencionados.

La medida nacional viene a homologar la declaración de emergencia que recientemente había hecho el mandatario provincial Gildo Insfrán.

En el caso de Buenos Aires, la declaración rige desde el 1 de enero último y hasta el 31 de diciembre próximo, en las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas afectadas por sequía, en el partido de Patagones, con excepción de las zonas bajo riego.

Asimismo, se determinó que el 31 de diciembre de 2021 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.

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Trámites que debe realizar el productor y la Provincia

Ambas resoluciones indicaron que, a los efectos de poder acogerse a los beneficios, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

Por su parte, el Gobierno Provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

En tanto, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la resolución gocen de los beneficios previstos.

Fuente: Télam

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