El Pleno de la Convención constituyente de Chile aprobó un artículo que garantiza en la futura carta magna el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos. Los constituyentes chilenos sometieron a votación el artículo 21 en el marco de la revisión del nuevo informe de la Comisión de Derechos Fundamentales.
La normativa fue aprobada por 106 votos a favor, 37 en contra y 10 abstenciones.
🟣 VOTACIÓN PLENO N°95 | Informe de Segunda Propuesta, Comisión de Derechos Fundamentales
🟢Se APRUEBA EN PARTICULAR el Inciso nuevo , Art. 20
🗳 ¡El inciso pasa al borrador de la #NuevaConstitución!
✅ A favor: 122
❌ En contra: 3
⚠️ Abstención: 21 pic.twitter.com/AI8MfFIDch— Chile Convención (@convencioncl) May 4, 2022
El artículo también plantea que el Estado deberá tener un instrumento jurídico para la restitución, reparación y regularización de tierras a pueblos indígenas.
Otro de los puntos a destacar del artículo es el reconocimiento que la propiedad de las tierras indígenas goza de especial protección.
“Conforme a la Constitución y la ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva“, cierra el apartado.
🟣 VOTACIÓN PLENO N°95 | Informe de Segunda Propuesta, Comisión de Derechos Fundamentales
🟢Se APRUEBA EN PARTICULAR el Inciso nuevo , Art. 20
🗳 ¡El inciso pasa al borrador de la #NuevaConstitución!
✅ A favor: 122
❌ En contra: 3
⚠️ Abstención: 21 pic.twitter.com/AI8MfFIDch— Chile Convención (@convencioncl) May 4, 2022
Junto con la declaración constitucional de Chile como un Estado plurinacional, este artículo a favor de las tierras ancestrales es uno de los más importantes logros de los pueblos indígenas dentro del órgano constituyente.
Fuente: TeleSur
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