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Miércoles 24 de abril de 2024
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Intérpretes indígenas en el Poder Judicial chaqueño: ¿qué funciones cumplen?

Existen en el sistema de Justicia desde 2015 tras una resolución del Comité de Derechos Humanos de la ONU.

Existen en el sistema de Justicia desde 2015 tras una resolución del Comité de Derechos Humanos de la ONU.

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Desde 2015, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia del Chaco incorporó a intérpretes indígenas a los procesos judiciales. Se trata de una resolución tomada en instancias internacionales luego del caso LNP, una violación grupal a una adolescente qom de El Espinillo, que no obtuvo la justicia que necesitaba debido a que los funcionarios judiciales no comprendieron el idioma de la víctima ni su denuncia. 

De acuerdo a la resolución del STJ, la creación del Registro Especial de Traductores e Intérpretes de Lenguas Indígenas garantiza el efectivo acceso a justicia de los pueblos originarios. La resolución establece que se podrá acreditar la idoneidad con certificación del Instituto del Aborigen Chaqueño, instituciones que acrediten que esa persona habla la lengua indígena. 

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Sin embargo, la resolución responde a un hecho trágico que perjudicó la vida de una adolescente de la comunidad indígena que fue sometida a discriminación, maltrato y revictimización luego de haber sido víctima de la falta de acceso a justicia tras denunciar un hecho de abuso sexual grupal. 

Elizabeth González es la coordinadora del equipo de intérpretes indígenas del Poder Judicial del Chaco.

El caso LNP

LNP (su identidad siempre fue resguardada) es una joven indígena de El Espinillo que en 2003, con 15 años fue víctima de abuso sexual grupal. Sus agresores fueron tres jóvenes criollos del mismo pueblo que la amenazaron para que no los denuncie. Sin embargo ella, sin recursos económicos y hablando un poco de español, realizó la denuncia. 

Bajo presión de la comunidad, la policía recibe la denuncia, los acusados son detenidos y se abre la investigación. En el juicio se prueba que el abuso fue agravado por acceso carnal por la fuerza, pero los tres acusados son todos absueltos en un proceso judicial con muchos prejuicios de género y discriminación racial.

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Una de las razones por las que el juicio fue tan irregular fue por la falta de asesoría jurídica en lenguaje indígena a LNP. El proceso, además, se llevó adelante en español, con jueces que no entendían el lenguaje de la víctima ni se dirigían a ella en lengua indígena. 

En mayo de 2007, INSGENAR y el CLADEM denuncian el caso al Comité de Derechos Humanos de la ONU por violaciones de los arts. 2, 3, 6, 7, 17 y 18 del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos. Al llegar a instancias internacionales, el Estado provincial debió responder al Comité y adoptar medidas para que lo del LNP no vuelva ocurrir. 

Una de las medidas que se tomaron fue indemnizar a la víctima y realizar un pedido de perdón público a LNP y a los pueblos indígenas por las violaciones de derechos humanos cometidas en el caso. Pero otra de las medidas fue la incorporación de intérpretes indígenas a los procesos judiciales. 

De esta manera, Chaco se convirtió en una de las primeras provincias del país en contar con presencia indígena dentro del sistema de Justicia atendiendo directamente una necesidad de las comunidades originarias que habitan el territorio chaqueño y que, en muchas oportunidades atraviesan procesos judiciales. 

¿Qué establece la normativa?

A través de una Ley Provincial, la Legislatura chaqueña debió incorporar el artículo 140 al Código de Faltas de la provincia estableciendo que “será obligación en los casos de declaración de personas pertenecientes a comunidades o pueblos originarios, la presencia del intérprete o traductor, bajo pena de nulidad”

“La persona encausada, el defensor oficial o particular y/o el Juez de Faltas competente deberá requerir la presencia de un intérprete o traductor indígena, perteneciente a la etnia a fin al imputado QOM, WICHI Y MOQOIT, desde la denuncia y/o imputación, en su inicio o en cualquier instancia del proceso; a los efectos de garantizar los derechos constitucionales de defensa en juicio”, cita la normativa. 

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Para Elizabeth González, actual coordinadora del equipo de intérpretes indígenas del Poder Judicial, la función de ella es “ser nexo” entre las comunidades y el sistema de acceso a justicia. Ella trabaja en una oficina en la capital del Chaco, pero es normal encontrarla en las localidades o jurisdicciones judiciales en las que habitan comunidades indígenas. 

“EL CASO LNP FUE BISAGRA EN LAS HISTORIAS DE LAS MUJERES DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA ARGENTINA”, ELIZABETH GONZÁLEZ, INTÉRPRETE INDÍGENA

La representante indígena en el Poder Judicial afirma que aún resta mucho por cambiar dentro del sistema de justicia, sin embargo, la incorporación de intérpretes permite que las víctimas, las familias indígenas e incluso los acusados de algún delito que son indígenas posean un debido acceso a Justicia cuando intervienen los intérpretes. 

El caso LNP marcó un cambio de paradigma en el Poder Judicial de la provincia del Chaco, la presencia de intérpretes indígenas fue la puerta de acceso a otros derechos que fueron ganando las comunidades originarias. Hoy, existe una carrera que prepara a futuros intérpretes y una oficina que garantiza que en cada proceso judicial con actores indígenas, haya un intérprete. 

Después de eso, llegó la implementación de los juicios por jurados que también, en el caso de que una de las partes o ambas sean miembros de una etnia, el jurado debe estar íntegramente conformado por ciudadanos indígenas. Lo que garantiza derechos para ese sector de la población históricamente invisibilizado. 

 

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