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Martes 19 de marzo de 2024
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Quién se puede jubilar a los 55 años: ¿cuáles son los requisitos?

Desde 2021 existe un régimen de jubilación anticipada que permite percibir haberes jubilatorios hasta 5 años antes de la edad preestablecida.

Desde 2021 existe un régimen de jubilación anticipada que permite percibir haberes jubilatorios hasta 5 años antes de la edad preestablecida.

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En Argentina, las mujeres pueden empezar a percibir sus haberes jubilatorios a partir de los 60 años y los hombres a partir de los 65. Sin embargo, existen excepciones y hay personas que pueden pedir una jubilación anticipada y retirarse antes de cumplir esas edades. 

En esta nota de NEA HOY te contamos quiénes pueden acceder a la jubilación anticipada, cuáles son los requisitos y cómo hacerlo.

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¿Quiénes pueden acceder a la jubilación anticipada a los 55 años?

El régimen de jubilación anticipada lanzado en 2021 está dirigido a personas que quieran jubilarse hasta 5 años antes de la edad estipulada para hacerlo según su género. Entonces, las personas que pueden técnicamente jubilarse anticipadamente a partir de los 55 años son las mujeres que cumplan con los requisitos, debido a que la edad estipulada es a los 60 años.

Sin embargo, los hombres, cuya edad estipulada para jubilarse es a los 65 años, pueden acceder anticipadamente a sus haberes provisionales a partir de los 60 años.

Es importante aclarar que, además de la edad, hay otros requisitos para poder acceder a la jubilación anticipada.

 

¿Cuáles son los requisitos para la jubilación anticipada?

El régimen de jubilación anticipada está dirigido a personas que ya cumplieron con los 30 años de aportes al sistema previsional, pero que aún no tienen la edad jubilatoria y perdieron el empleo o estaban desempleadas al 30 de junio de 2021. 

Entonces los requisitos para acceder a la jubilación anticipada son:

  • Tener hasta 5 años menos de la edad requerida para jubilarse.
  • Hombres: entre 60 y 64 años
  • Mujeres: entre 55 y 59 años
  • 30 años de aportes registrados.
  • Encontrarse desocupada/o al 30 de junio de 2021.
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¿En qué consiste el régimen de jubilación anticipada?

El régimen de jubilación anticipada permite que la o el beneficiario, sin haber alcanzado aún la edad jubilatoria, pase a cobrar cada mes el 80 por ciento  del haber que le tocaría al jubilarse a la edad ordinaria. De todas formas, se dispuso que el monto “en ningún caso” podrá resultar menos que una jubilación mínima.

Las y los beneficiarios tendrán garantizado ese ingreso, con los ajustes por movilidad correspondientes, hasta que cumplan los 60 años en el caso de las mujeres o hasta llegar a los 65 años en el caso de los hombres. Cuando alcancen la edad jubilatoria comenzarán a cobrar el 100 por ciento de la jubilación que les corresponde, sin ningún tipo de quita o compensación, de manera automática.

 

¿Cómo saber si cumplo con los años de aportes?

Uno de los requisitos para acceder al régimen de la jubilación anticipada es tener 30 años de aportes. Es importante que al momento de evaluar si cumplís este requisito tengas en cuenta que la Administración de la Seguridad Social (ANSES) permite computar los aportes previsionales realizados también durante los períodos de licencia por maternidad, los períodos durante los cuales se cobró una prestación por desempleo y los meses de moratoria que se hayan pagado hasta el 30 de junio de 2021.

Quienes trabajaron en actividades que exigen menos de 30 años también pueden jubilarse anticipadamente. Según se dispuso, esas personas pueden conseguir la Jubilación Anticipada acreditando los años de aportes que requiera su régimen diferencial.

 

¿Cómo tramitar la jubilación anticipada?

Quienes estén interesadas o interesados en acceder al régimen de la jubilación anticipada deben presentarse con toda la documentación requerida en una oficina de la ANSES. 

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Es necesario tener un turno previo que se saca de manera online en la web de la ANSES. Para sacar turno se debe ingresar el CUIL de la o el titular y de su apoderado en caso de tener. 

El decreto 624/2021, que creó el régimen, indica en su artículo 4° que la Jubilación Anticipada “tiene carácter extraordinario y su solicitud podrá efectuarse dentro de los dos años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia”. De no haber prórrogas hay tiempo para incorporarse al régimen de jubilación anticipada hasta septiembre de 2023. 

 

¿Se puede perder el beneficio de la jubilación anticipada?

Es importante aclarar que el régimen de jubilación anticipada es para personas que estén desempleadas. Además de ser un requisito al momento de solicitar el ingreso al régimen, el estar desempleada o desempleado es una condición excluyente para cobrar los haberes previsionales antes de la edad jubilatoria preestablecida. Si la ANSES detecta que la persona se reinsertó en el mercado laboral, ya sea en relación de dependencia o por cuenta propia, dejará de abonar la prestación.

Asimismo, se quedarán sin el beneficio quienes se vayan a vivir al exterior o se ausenten del territorio nacional por más de 90 días corridos. Tampoco es posible cobrar una jubilación anticipada en simultáneo con planes sociales y con beneficios como pensiones graciables o no contributivas.

 

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