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Viernes 19 de abril de 2024
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180 niños esperan una familia en Corrientes y solo son 60 las inscriptas: ¿falta concientización?

El caso de una pequeña de ocho años se hizo viral semanas atrás, cuando un juez se caracterizó de duende navideño para anunciarle que sería adoptada por una familia. Sin embargo, fue uno de los pocos en la provincia que tuvo un desenlace alegre. Un gran número de niños y niñas todavía se encuentra a la espera de una familia que los reciba.

El caso de una pequeña de ocho años se hizo viral semanas atrás, cuando un juez se caracterizó de duende navideño para anunciarle que sería adoptada por una familia. Sin embargo, fue uno de los pocos en la provincia que tuvo un desenlace alegre. Un gran número de niños y niñas todavía se encuentra a la espera de una familia que los reciba.

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La situación de las personas menores de edad que esperan una familia que las adopte en Corrientes es compleja, ya que el número se eleva a alrededor de 180 personas y solo 60 legajos o familias inscriptas que han validado los documentos necesarios para adoptar.

De ese total, señalan desde el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, solo el 1,6% de las familias se encuentran dispuestas a recibir adolescentes de hasta 15 años.

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Recientemente, a nivel local, se viralizó la emotiva historia de Ana, una niña de ocho años, que fue adoptada por un matrimonio en Navidad y cuya noticia le fue dada por el juez Edgardo Frutos mediante un cuento navideño que fue preparado para la ocasión.

Sin embargo, esta es una de las pocas historias que logran un desenlace alegre para quienes son adoptados, a causa de la falta de concientización sobre la importancia de la adopción y la situación emocional de las personas que esperan un hogar.

“El año pasado (por 2021) hubo una fuerte campaña con respecto a convocatorias públicas; este es el último auxilio que requiere el juzgado para buscar una familia a un niño o adolescente cuando no se encuentra una disponible dentro de los inscriptos. En la provincia, como también en el país, hay una limitada nómina de legajos disponibles para adoptar a niños de 7 años en adelante, explicó Frutos a medios locales.

Momento en que el juez Frutos le anunció a “Ana” que sería adoptada por una familia, en Navidad.

Dijo también que el número aproximado de personas que esperan una familia a nivel nacional alcanzaría las 2.000, de las cuales el 70% tiene más de ocho años y algunas de ellas presentan algún tipo de discapacidad.

En este ámbito, los números se vuelven un poco más difíciles ya que en la provincia de Corrientes, hasta el 2021, solo el 2% de los legajos, es decir el número de familias inscriptas para adoptar, aceptaron menores de edad con discapacidad.

Los datos fueron recogidos por el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUA), que señalaron que, de 72 legajos vigentes para adopción en Corrientes, solo dos muestran disponibilidad a aceptar un menor con discapacidad o enfermedades, y uno solo notifica disponibilidad de adoptar un niño o niña mayor de 11 años. El 59 % aceptaría la adopción de un grupo de niños.

“En la provincia, como también en el país, hay una limitada nómina de legajos disponibles para adoptar a niños de 7 años en adelante”

Hogar Domingo Savio, de Corrientes capital.

Concientización e información sobre cómo acceder a la adopción

El juez Edgardo Frutos remarcó la necesidad de desmitificar que “solo se puede paternar a bebés” y aclaró que “se puede ser padres de niños grandes y adolescentes. Los vínculos que se generan son muy buenos y las satisfacciones, muy afortunadas. Hay prejuicios con que los chicos grandes están cargados de una historia, pero no es así. Ellos construyen su personalidad según lo que viven, no es algo genético. La Justicia debe brindar información y posibilitar la adopción de chicos más grandes”.

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En esa línea, recordó que las personas interesadas deben cumplir con requisitos mínimos como no tener antecedentes penales y una solvencia económica suficiente para sostener los gastos básicos de los chicos. 

En base a fuentes judiciales de la Provincia de Corrientes, NEA HOY realizó una lista de los requisitos vigentes, además de los mencionados por Frutos, que deben ser tenidos en cuenta al momento de realizar la solicitud de inscripción con carácter de Declaración Jurada:

  • Nombre y Apellido
  • Número de Documento
  • Lugar y fecha de nacimiento
  • Domicilio real
  • Número de teléfono
  • Dirección de correo electrónico
  • Declaración que conocen y aceptan la reglamentación vigente del registro de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos
  • Copia certificada del D.N.I. donde conste domicilio.
  • Certificado de domicilio, con al menos 1 (un) año de residencia efectiva en la Provincia
  • Estado civil y documental que certifique (en caso de ser casados presentar fotocopia del acta de matrimonio y/o copia de la libreta de familia, en caso de ser divorciados presentar copia de la sentencia y/o fotocopia del acta de matrimonio con nota marginal respectiva)
  • Certificado de buena conducta e Informe de antecedentes expedido por el Registro Nacional de Reincidencia.
  • Certificado de ingresos o declaración de ingresos y/o copias certificadas de recibos de sueldo.
  • Foto nítida del o los interesados.
  • Certificado de salud.
  • En el supuesto de cónyuges menores a treinta (30) años, con imposibilidad de tener hijos, deberán acreditar dicha circunstancia con las certificaciones y estudios médicos pertinentes.
  • Informe socio ambiental (debe ser realizado y extendido por profesionales idóneos dependientes de organismos oficiales, tales como Dirección de Minoridad y Familia, Poder Judicial, Municipalidades, y/u Hospitales Públicos).
  • Informe psicológico (debe ser realizado y extendido por profesionales idóneos dependientes de organismos oficiales, tales como Dirección de Minoridad y Familia, Poder Judicial, Municipalidades, y/u Hospitales Públicos).
  • Edad y número de niños, niñas y adolescentes que desearían adoptar.
  • Deseo de adoptar hermanos o grupo de hermanos, niños o niñas mayores a cinco (5) años, niños/niñas adolescentes con capacidades diferentes o con problemas de salud.
  • Indicar si previamente el postulante hubiere tenido niños, niñas y/o adolescentes en guarda y, en su caso, el resultado de la misma, consignando el Juzgado donde tramitó.
  • Presentar certificado de no encontrarse inscripto como deudor alimentario.
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Cabe señalar que la inscripción caduca en forma automática en el plazo de un año. Para la renovación de la misma, los postulantes deberán comunicar por nota su voluntad de continuar inscriptos en un plazo de treinta días corridos antes de su vencimiento.

Respecto al sitio donde inscribirse, es asignado según la localidad correntina de la familia interesada. La información se puede encontrar ingresando a este link.

El Gobierno nacional decidió que se abone el 100% del valor de la AUH a personas sin cuidados parentales que viven en dispositivos de cuidado residencial o familiar.

AUH para niños que viven en residencias y hogares, sin cuidados parentales

Una iniciativa importante, dispuesta por el Gobierno nacional durante la primera semana de este año tiene que ver con la Asignación Universal por Hijo (AUH) destinada a niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales que viven en dispositivos de cuidado residencial o familiar.

Se trata del pago mensual del 100% del valor de la AUH “para garantizar el acceso de todos los niños, niñas y adolescentes a los beneficios de la seguridad social”, o del 100% de la AUH con discapacidad, si cuentan con Certificado Único de Discapacidad vigente, según detallaron fuentes oficiales.

Para concretar la medida, la Anses implementará el depósito de los fondos. Si el o la adolescente se encuentra incluido en el Programa de Acompañamiento para el Egreso de Adolescentes y Jóvenes sin Cuidados Parentales, el referente para la apertura y administración de la cuenta bancaria será la misma persona que cumple la función de acompañante.

Por su lado, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) anunció que suscribirá convenios bilaterales con las 24 jurisdicciones del país, en los que establecerá la modalidad de intercambio de información y el procedimiento administrativo correspondiente.

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