El Gobierno nacional le exigió a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que aplique un nuevo aumento sobre las escalas del gravamen “de manera retroactiva”, para enero de este año. Esta política surgió a partir del nuevo mínimo no imponible que se fijó al Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia.
De esta manera, el piso del gravamen pasó de los $506.230 actuales a los $700.875 brutos a partir de los sueldos de agosto. Por este motivo, se definió una corrección del 35% en las escalas que supondrá un beneficio, para quienes pagan Ganancias dado que “se reducirían las bases de cálculo de las retenciones”.
¿Qué pasará con los primeros ocho meses de aportes de los contribuyentes?
Debido a la resolución, la AFIP tendrá que devolver a los contribuyentes el dinero correspondiente a sus aportes durante los primeros ocho meses del año, dado que durante éstos se utilizaron escalas más altas.

Ganancias: ¿Qué establece el paquete de medidas?
El Gobierno cambió las escalas para el cálculo de las retenciones a Ganancias. Por esto, se le instruyó a la AFIP que cambie la forma de cálculo de las retenciones que tienen que hacer los empleadores.
Se hará un aumento del 35% en las escalas de forma retroactiva al 1° de enero de 2023, bajo los fines de “reducir el monto de las retenciones”, tal como se sostiene en el Decreto 415 publicado en el Boletín Oficial.
Además, al ser retroactiva a inicios de este año, la medida supone una devolución de Ganancias que tendrá que reglamentar AFIP para todos los contribuyentes afectados. Podés calcular tu Impuesto a las Ganancias a través de la calculadora de NEA HOY.

Ganancias: ¿Cómo será el reintegro de la AFIP?
El Gobierno nacional pretende que la devolución se pague en dos cuotas mensuales junto a los haberes de agosto y septiembre. Además de la modificación de los importes de la escala progresiva de Ganancias, fuentes oficiales adelantaron que desde el Poder Ejecutivo enviarán al Congreso un proyecto de ley para modificar el aspecto del gravamen por ley.
El objetivo de esta modificación que se propondrá en el Congreso será que este incremento “resulte de aplicación no solo para las rentas allí mencionadas, sino que también aplique para todas las rentas obtenidas por las personas humanas y sucesiones indivisas”. Asimismo, se espera que los importes “sean los que se consideren a partir del período fiscal 2024”.
Fuente: Ámbito Financiero
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