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Viernes 26 de abril de 2024
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Alcotest en Paraguay: ¿obligación u opción? El debate tras el caso de la periodista María Teresa López

Con la Ley 6.842 aprobada en el 2021, consumir ocho latas de cervezas podría ser considerado un delito de exposición al tránsito. La comunicadora planteó que los controles preventivos no son obligatorios.

Con la Ley 6.842 aprobada en el 2021, consumir ocho latas de cervezas podría ser considerado un delito de exposición al tránsito. La comunicadora planteó que los controles preventivos no son obligatorios.

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Desde el 13 de noviembre del 2021 empezó a regir la Ley N° 6.842 en todo el territorio paraguayo, con el fin de establecer una nueva reglamentación con respecto a los parámetros para el control de consumo de alcohol de los conductores. 

La modificación que plantea esta nueva normativa es que estipula como faltas graves la conducción en estado de intoxicación alcohólica desde 0,200 a 0,250 mg/l de CAAL (miligramo de alcohol por litro de aire exhalado) y 0,400 a 0,500 g/l de CAS (gramos de alcohol por litro de sangre).

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Una de las personas que se negó a realizarse el alcotest es la periodista María Teresa López, a raíz de esto, se desplegó una serie de argumentos en contra y a favor de los testeos preventivos correspondientes a la Ley de Alcoholemia del Paraguay

Según Julio Ortiz, la Policía Nacional, la Municipal de Tránsito y la Patrulla Caminera están habilitadas para realizar la prueba de alcotest.

Lo que establece la Ley de Alcoholemia en Paraguay 

La Ley de Alcoholemia del Paraguay establece que tanto la Policía Nacional, la Policía Municipal y la Patrulla Caminera están habilitadas para realizar la prueba de alcotest, cuando esté en falta visible o en controles establecidos. 

De esta manera, la prueba de alcoholemia o alcotest pueden ser realizadas a lo largo y ancho del territorio paraguayo, ya que la misma está avalado por una ley de carácter nacional. Sin embargo, ante la repercusión del caso de la periodista Lopez, el abogado Diego Lansac, argumentó que la obligatoriedad de realizar la prueba de alcotest en las rutas es “totalmente inconstitucional”. 

¿Dónde se identifica la inconstitucionalidad del alcotest? En el caso puntual de López, la misma se negó a realizarse la prueba para comprobar cuánto alcohol en sangre contaba o no al estar como conductora de un vehículo motorizado. 

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Además, el letrado agregó que realizarle la prueba de alcotest es inconstitucional porque el mismo implica la generación de una prueba en contra del conductor, lo que se opone al derecho de la presunción de inocencia (lo que remite a la famosa frase: inocente hasta que se demuestre lo contrario).

Quienes provoquen la muerte de una persona en un accidente se exponen a una pena de 8 a 12 años de cárcel.

En el caso de que el conductor se niegue a realizarse el test de alcoholemia, el agente de tránsito puede retener al mismo y comunicar a la Fiscalía de turno, quien en un plazo de seis horas debe emitir una orden judicial que avale la realización del alcotest. 

La prueba del alcotest y la posibilidad de negarse al procedimiento  

Ellos no te pueden retener bajo ningún punto de vista tus documentos, no te pueden obligar a realizar el alcotest. Si para pasar el mal rato te hacen la prueba, es totalmente ilegal, se debería denunciar, pero nadie lo hace porque es una pérdida de tiempo y queda en la nada, explicó el abogado. 

Aunque la Ley N°5.106 “De tránsito y seguridad vial”, estipula que los conductores deben realizarse las pruebas que considere el personal policial o de tránsito, aún más si está implicado en un accidente de tránsito. No obstante, el abogado reiteró que de todos modos se debe contar con una orden judicial para ser sometido al alcotest ante siniestros viales.

El caso que abrió el debate e instaló el tema, a todo esto, terminó con la presentadora finalmente accediendo a realizarse el alcotest y arrojó como resultado una prueba negativa de alcoholemia.  Por su parte, la periodista señaló a través de su cuenta de Twitter que lo sucedido es “abuso de autoridad” por parte de los efectivos policiales. 

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Mientras tanto, Adolfo Ortega, Jefe de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera, arremetió contra quienes están en contra de los controles de tránsito que puntualmente establecen la realización del alcotest, y aseguró que los conductores deben demostrar su inocencia sometiéndose a la prueba de alcotest.

Presunción de inocencia es un derecho en Paraguay

El artículo 17 de la Constitución Nacional del Paraguay reza: “En el proceso penal, o en cualquier otro del cual pudiera derivarse pena o sanción, toda persona tiene derecho a: 1) Que sea presumida su inocencia”.  

Sumado a esto, el Pacto de San José de Costa Rica, que también habla al respecto y señala: “Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad”.

En este sentido, y para despejar dudas, aunque la presunción de inocencia es un derecho fundamental, Julio Ortiz, Fiscal paraguayo, reiteró que la Policía Nacional, la Municipal de Tránsito y la Patrulla Caminera están habilitadas para realizar la prueba de alcotest y descartó que esto sea una manera de autoinculparse

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