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Sábado 27 de abril de 2024
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Se realiza un nuevo ordenamiento territorial de bosques nativos en Formosa: ¿qué establece la Ley?

Durante los últimos meses el Gobierno realiza reuniones consultivas para presentar su propuesta de reordenamiento de bosques ante técnicos y especialistas.

Durante los últimos meses el Gobierno realiza reuniones consultivas para presentar su propuesta de reordenamiento de bosques ante técnicos y especialistas.

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Desde el 4 de agosto se realizan encuentros consultivos y participativos en las distintas regiones de Formosa para debatir y analizar la propuesta técnica del nuevo ordenamiento territorial de bosques nativos en cumplimiento con la Ley de Bosques

A fines de 2007, el Congreso Nacional aprobó la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, sin embargo, recién se reglamentó en 2009. De acuerdo a lo establecido cada provincia debió presentar el ordenamiento territorial de sus bosques; 11 de las 24 provincias lo hicieron y sancionaron una ley provincial correspondiente. Formosa fue una de ellas con la sanción de la Ley provincial 1660.

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¿Qué establece la Ley?

La Ley de Bosques nacional establece que las provincias deberán realizar el ordenamiento territorial de sus bosques nativos a través de un proceso participativo desde la conservación hasta la posibilidad de transformación para la agricultura, pasando por el uso sustentable del bosque, el manejo sostenible y los desmontes.  

En ese contexto, mediante una resolución, el Ministro de la Producción y Ambiente, Alejandro García, convocó a una verificación de la Ley de Ordenamiento Territorial (POT-For) que debe ser estudiada cada cuatro años.

La actualización convierte a la provincia de Formosa en la primera jurisdicción en avanzar en una nueva revisión de la norma, circunstancia que permitirá la incorporación de nuevos estándares ambientales.

El Ministro de la Producción y Ambiente de Formosa remarcó que la ley provincial es considerada uno de los mejores ordenamientos a nivel país, ya que no solamente tiene la regulación de los bosques, sino también, que trabaja sobre todos los ambientes, estableciendo donde se tiene que hacer la agricultura, la ganadería, la forestación y los corredores fáunicos.

En esa línea, puso en relieve que además, se tiene en cuenta el trabajo de las comunidades de pueblos originarios.

Reuniones para la revisión del Ordenamiento Territorial de la provincia.

Según indicaron desde el Gobierno de Formosa, a través del Ministerio de la Producción, esta nueva instancia se realizará en el marco de un proceso de participación ciudadana democrática, tras la búsqueda de las opiniones de los distintos sectores que construirán una nueva ley que contemple el estado actual del territorio en materia productiva y ambiental.

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La actual Ley zonifica los bosques en tres diferentes categorías:

Categoría I (rojo): sectores de muy alto valor de conservación que no deben desmontarse ni utilizarse para la extracción de madera y que deben mantenerse como bosque para siempre. Incluirá las reservas naturales y sus áreas circundantes, que tengan valores biológicos sobresalientes, y/o sitios que protejan cuencas hídricas de importancia (nacientes de ríos y arroyos).

Categoría II (amarillo): sectores de alto o medio valor de conservación, que pueden estar degradados pero que si se los restaura pueden tener un valor alto de conservación. Estas áreas no pueden desmontarse, pero podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.

Categoría III (verde): sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, con la previa realización de una Evaluación de Impacto Ambiental.

En las imágenes se puede ver cómo se reflejan las distintas categorías en la provincia. 

Desmontes

Las provincias del Norte argentino desde hace varios años son sindicadas por no respetar la Ley de Bosques Nativos o contemplar -bajo la implementación de los planes provinciales de ordenamiento- desmontes en bosques nativos más de lo permitido. 

Según Greenpeace, Formosa armó un ordenamiento territorial laxo que permite desmontar hasta el 75% de sus bosques. La organización ambientalista señala que esa provincia norteña pasó de destruir 7.500 hectáreas por año hasta 2006, a 30.000 por año entre 2008 y 2021. 

En tanto, denunciaron que las provincias de Formosa, Chaco, Santiago del Estero y Salta concentran el 75% del desmonte de los últimos 25 años

Como respuesta a Greenpeace, el Subsecretario de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental de Formosa, Hugo Bay, sostuvo que tales afirmaciones ignoran por completo el trabajo realizado por distintos sectores de la provincia, el cual contó con una gran participación del pueblo, que arrojó resultados muy positivos que se tradujo en la sanción de la Ley Provincial en el año 2018, votada por unanimidad por el arco político formoseño.

Esta descalificación a dicho proceso niega el carácter integral de nuestro ordenamiento territorial, característica que lo hace único en el país, y a su vez ignora las fuertes restricciones a las áreas verdes que se establecen en la normativa vigente”, dijo. 

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Bay clarificó la Ley de Bosques en Formosa y mencionó que el Gobierno Provincial contempla la reforestación.

¿Qué establece el ordenamiento territorial de Formosa?

El Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) prohíbe los desmontes en casi el 80% de las zonas forestales Categorías I (rojo) y II (amarillo), mientras que en la Categoría III (verde) se establecen donde se pueden realizar desmontes.

Formosa estableció una zona denominada corredores pertinentes a la categoría verde t según enuncia la Ley de ordenamiento territorial se incluyen a las áreas protegidas, ecosistemas y tierras que revisten interés para la conservación de la biodiversidad, siendo caracterizados por la baja presencia de áreas cultivadas y escasa población urbana. Predominan los usos de ganadería extensiva y la actividad forestal sustentable.

En la Zona Corredores, se admitirán transformaciones y cambios de uso del suelo de hasta un máximo del 20% de la superficie de cada predio

En los predios con diversas unidades fisonómicas, la superficie resultante podrá distribuirse a criterio del propietario, titular de derecho real con facultad suficiente, arrendatario autorizado mediante escritura pública o adjudicatario de tierras fiscales, en la medida en que no se superen los siguientes valores: hasta 10% de los bosques altos; hasta 60% de los bosques bajos y hasta 60% de otros ambientes.

Con respecto a la zona Central y oriental, se admitirán transformaciones y cambios de uso del suelo de hasta un máximo 60% de la superficie de cada predio. 

En los Departamentos Formosa, Laishí y Pilcomayo la transformación no podrá superar el 30% de la superficie ocupada. 

El 50% de la superficie provincial corresponde a la zona corredores, siendo Formosa la única provincia que incorporó en su ordenamiento territorial la estrategia de corredores biológicos, explicaron desde el área de Recursos Naturales de Formosa.  

De esta manera, con la nueva revisión de la Ley de ordenamiento territorial de bosques, la provincia tiene como objetivo continuar con la preservación de los bosques nativos. 

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