Luego de largos meses de posponer la discusión, la legislatura correntina finalmente aprobó la semana pasada la adhesión a la Ley de Voto Joven, que permitirá sufragar en las elecciones provinciales a personas de entre 16 y 17 años.
Diez años debieron pasar para llegar a esta decisión: a través de la Ley Provincial N°6.615, Corrientes se sumó a la Ley Nacional N°26.774, sancionada en octubre de 2012. Hasta las elecciones pasadas, los jóvenes correntinos podían elegir Presidente de la Nación pero no así los cargos de Gobernador o Intendente.
“Lo que primó en la sesión fue que Corrientes pueda tener alineada su legislación electoral al de las demás jurisdicciones y sobre todo a la nacional, que otorga el voto de manera facultativa”, señaló a NEA HOY el Diputado Provincial por el Frente de Todos, Marcos Otaño.
Pero el avance también abre la puerta a nuevos debates que deberán ser zanjados, como por ejemplo, la posibilidad que tendrán los jóvenes de elegir pero no de ser electos, tal como lo establece la Constitución Provincial por cuestiones de edad.
Rechazo a los cambios del Senado
Un aspecto interesante de analizar luego de la sanción de la Ley de Voto Joven fue el rechazo a los cambios que quiso introducir el Senado provincial. Puntualmente, otorgar el derecho al voto pero no de manera facultativa sino obligatoria.
La idea que motivó el rechazo, explicó Otaño, es que “muchas de las cosas que se le quieren prohibir u obligar a los jóvenes terminan fracasando”.
Por otro lado, los Legisladores consideraron fundamental el hecho de darles la posibilidad de empezar a involucrarse social y políticamente con herramientas que puedan usar cuando así lo deseen y se sientan capacitados.
Elegir pero no ser electos
Un tema que se comenzó a hablar mucho antes de la sesión de la Cámara Baja, tiene que ver con la posibilidad que tendrán los jóvenes de elegir a sus candidatos provinciales pero que no podrán ser electos por sus pares hasta los 22 años, en el caso de postularse para Diputados, o 30 años, en el caso de postularse para Senadores, tal como lo establece la Constitución Provincial.
“La cuestión de si el joven puede ser elegido o no es una materia que hay que ir analizando en base a cómo evoluciona la sociedad. Hasta hoy, me parece que tiene un fundamento que radica en la capacidad progresiva que vamos adquiriendo como personas, a medida que transcurre nuestra edad”, explicó Otaño.
En este sentido, el Legislador fundamentó que existen estudios científicos que sostienen que a los 18 años una persona obtiene ciertas capacidades y afianza responsabilidades que son requeridas para ocupar un cargo de representación ciudadana.
Sin embargo, las personas de 18 años deben esperar al menos cuatro años para poder conformar una plataforma electoral en Corrientes.
Sobre la visión de los jóvenes respecto a la sanción, Otaño añadió que hay posturas variadas y remarcó que “un grueso de este grupo etario no ve en la política representados sus intereses”. Por ello, sostuvo que la clase política debe “seguir discutiendo de qué manera pueden convertirse más en una expresión de lo que sucede en la sociedad que representan”.
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