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Viernes 26 de abril de 2024
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¿Cómo se calcula el impuesto a los Bienes Personales en 2023?

El tributo se aplica a partir de las declaraciones de patrimonio de cada período fiscal que superen el monto mínimo establecido para cada uno.

El tributo se aplica a partir de las declaraciones de patrimonio de cada período fiscal que superen el monto mínimo establecido para cada uno.

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A partir de mayo de este año las y los contribuyentes por el impuesto a los Bienes Personales deberán abonar el tributo. El monto a pagar se calcula sobre el patrimonio ya declarado hasta el 31 de diciembre de 2022. 

En esta nota de NEA HOY te contamos cómo se aplica el impuesto de bienes personales luego de los cambios efectuados el año pasado, quiénes y cuánto deberán pagar. 

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¿Qué es el impuesto a los Bienes Personales?

El impuesto a los Bienes Personales grava sobre los bienes situados en Argentina y, en algunos casos, sobre los que se encuentran en el exterior también. Cada año la presentación de patrimonio se realiza los 31 de diciembre.

 

¿Cuándo se aplica el impuesto a los Bienes Personales?

A partir de la declaración de bienes, se evalúa el total del patrimonio y si éste supera el monto mínimo establecido para cada período fiscal se aplica el impuesto. Las y los contribuyentes que deban pagar el impuesto a los Bienes Personales deben darse de alta en él y presentar una declaración jurada donde determinarás el importe a ingresar. La suma del impuesto surge de la aplicación de una alícuota al monto de la valuación del patrimonio.

 

¿Quiénes y a partir de qué monto se paga el Impuesto a los Bienes Personales?

Quienes pagan el impuesto a los Bienes Personales son: 

  • Las personas que residen en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país y en el exterior.
  • Las personas que residen en el exterior y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país.
  • Las sucesiones indivisas por los bienes que posean al 31 de diciembre de cada año, en tanto dicha fecha quede comprendida en el lapso transcurrido entre el fallecimiento del ciudadano por el que se inicia la sucesión indivisa y la declaratoria de herederos o aquélla en que se haya declarado válido el testamento que cumpla la misma finalidad.
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El monto a partir del cual se debe pagar este impuesto, es decir el mínimo no imponible, es de 11.282.141,08 pesos para los bienes gravados en el país. Los inmuebles utilizados como vivienda estarán exentos del impuesto cuando su valor sea inferior a 56.410.705,41 pesos. 

 

¿Cómo son las alícuotas del impuesto a los Bienes Personales en 2023?

Más de $ A $ Pagarán $ Más el % Sobre el excedente de $
0 5.641.070,54 0 0,50% 0
5.641.070,54 12.222.319,51 28.205,35 0,75% 5.641.070,54
12.222.319,51 33.846.423,25 77.564,72 1,00% 12.222.319,51
33.846.423,25 188.035.684,71 293.802,76 1,25% 33.846.423,25
188.035.684,71 564.107.054,14 2.221.171,53 1,50% 188.035.684,71
564.107.054,14 En adelante 7.862.242,07 1,75% 564.107.054,14

 

¿Cuáles son los bienes alcanzados por el impuesto a los Bienes Personales?

  • Los inmuebles ubicados en el país y el exterior.
  • Los derechos reales constituidos sobre bienes situados en el país y el exterior.
  • Las naves y aeronaves de matrícula nacional y extranjera.
  • Los automotores patentados o registrados en el país y el exterior.
  • Los bienes muebles registrados en el país.
  • Los bienes muebles del hogar o de residencias transitorias cuando el hogar o residencia estuvieran situados en el país.
  • Los bienes personales del ciudadano, cuando éste tuviera su domicilio en el país o se encontrara en él.
  • Los demás bienes muebles y propiedades que se encontraran en el país al 31 de diciembre de cada año, aunque su situación no revistiera carácter permanente.
  • El dinero y los depósitos en dinero que se hallaran en el país al 31 de diciembre de cada año.
  • Los títulos, las acciones, cuotas o participaciones sociales y otros títulos valores representativos de capital social o equivalente, emitidos por entes públicos o privados, cuando éstos tuvieran domicilio en el país o en el exterior.
  • Los patrimonios de empresas o explotaciones unipersonales ubicadas en el país.
  • Los créditos, cuando el domicilio real del deudor esté ubicado en el país.
  • Los derechos de propiedad científica, literaria o artística, los de marcas de fábrica o de comercio y similares, las patentes, dibujos, modelos y diseños reservados y restantes de la propiedad industrial o inmaterial, así como los derivados de éstos y las licencias respectivas, cuando el titular del derecho o licencia, en su caso, estuviera domiciliado en el país al 31 de diciembre de cada año.
  • Los bienes muebles y los semovientes (capaces de moverse por sí mismos) situados fuera del territorio del país.
  • Los depósitos en instituciones bancarias del exterior.
  • Los títulos negociables emitidos por una sociedad que toma prestado del público un capital importante, a largo plazo, dividiendo su deuda respecto a cada inversor en títulos de igual valor, denominados debentures y obligaciones emitidas por entidades o sociedades domiciliadas en el exterior.
  • Los créditos cuyos deudores se domicilien en el extranjero.
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