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Viernes 26 de abril de 2024
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Alcohol Cero en Formosa: la Legislatura aprobó la adhesión de la ley nacional

La normativa establece que ningún conductor podrá tomar el volante con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.

La normativa establece que ningún conductor podrá tomar el volante con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.

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La Legislatura de Formosa aprobó este jueves por unanimidad la adhesión de la Provincia a la Ley de Alcohol Cero al volante aprobada recientemente en el Congreso de la Nación, que prohíbe la conducción de vehículos con una alcoholemia superior a cero y que ya rige en todas las rutas nacionales del país, además de en 13 provincias y al menos 50 municipios que cuentan con una normativa de este tipo.

Esta ley, sancionada por el Congreso el 13 de abril pasado, modifica la anterior Ley de Tránsito N° 24.449 al sustituir el inciso a del artículo 48 para incluir la prohibición de conducir “cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre”.

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La ley de Alcohol Cero fue rápidamente promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional, y ahora cuenta con la adhesión de la Provincia tras el proyecto de ley presentado por el bloque del PJ y aprobado en la sesión de este jueves en el recinto de la Legislatura.

La diputada justicialista Viviana Guzmán fue la miembro informante del proyecto, solicitando el apoyo de sus pares para aprobar la iniciativa.

La ley establece que queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir.

Asimismo, queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre.

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La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario, destaca la norma en su artículo 1°.

La norma tiene un único artículo que modifica otro de la Ley de Tránsito 24.449 y estipula que “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre”.

La normativa anterior de Alcohol Cero establecía para cualquier tipo de vehículo una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5) de alcohol por litro de sangre.

Con respecto a motos y ciclomotores, la medida era de hasta 200 miligramos (0,2); y para transporte de pasajeros de menores y de carga, alcohol cero. Ahora, con la nueva legislación, la tolerancia para todas las categorías será 0.

Fuente: La Mañana

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